Son beneficiarios del subsidio: – La o las personas que el fallecido hubiera declarado como socios participantes designados expresamente o modificado con posterioridad. Si el fallecido hubiera tenido deudas con la mutual se procederá a abonar a los beneficiarios la diferencia. – Los reclamantes tendrán un año de ocurrido el fallecimiento para el reclamo, vencido ese plazo se practicará la liquidación y su importe será destinado a las prestaciones del Art: 2° del Estatuto Social.
Documentación a presentar: – Acta de defunción – DNI de los beneficiarios
Fallecimiento de familia.
Se abona el equivalente a 160 cuotas puras
Para socios Activo o Adherente por el fallecimiento de su pareja legal o los hijos menores de edad.
Antigüedad mínima como asociado 2 años.
Estar al díacon la cuota social.
El o los fallecidos deberán estar declarados como socios participantes en el padrón de la Mutual.
Documentación a presentar: – Acta de defunción – Recibo de sueldo
Fallecimiento de los padres.
Se abona el equivalente a 80 cuotas puras
Para socios Activo o Adherentesin pareja legal, convivientes con sus padres.
Antigüedad mínima como asociado 2 años.
Estar al díacon la cuota social.
El o los fallecidos deberán estar declarados como socios participantes expresamente al solicitar el ingreso a la Mutual.
Documentación a presentar: – Acta de defunción – Recibo de sueldo